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Vehículos secuestrados: 30 días para retirarlos, sino compactación

La disposición plasmada en el Decreto nº 1186/2024 de fecha 30 de abril pasado se mantiene por el término de 30 días corridos a partir de la publicación del edicto correspondiente.

Locales 10 de mayo de 2024 Diario Lider Diario Lider

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La Municipalidad de Trenque Lauquen solicita a los titulares de los vehículos secuestrados y afectados a la operatoria de compactación de autos y motos que se presenten a fin de hacer valer el derecho de propiedad ante la Mesa de Entradas, en el Palacio Municipal, de lunes a viernes de 7 a 13.

La disposición plasmada en el Decreto nº 1186/2024 de fecha 30 de abril pasado se mantiene por el término de 30 días corridos a partir de la publicación del edicto correspondiente.

El detalle e identificación de los vehículos afectados al mencionado proceso puede ser consultado directamente en el Link https://www.trenquelauquen.gov.ar/edicto-compactacion-de-vehiculos/

ingresando a la página web del Municipio www.trenquelauquen.gov.ar y también, durante el horario de atención al público, en el hall del Palacio Municipal, en Villegas 555 de Trenque Lauquen, y en el Centro Cívico Int. Juan Carlos Font / Edificio La Primera, en Villegas y Oro, de la ciudad cabecera.

Cabe recordar que con fecha 12 de septiembre de 2013 se sancionó la Ley nº 14.547 y el 8 de agosto de 2016 la Ordenanza nº 4.498/16, en la que se establece el procedimiento a seguir para subastar y/o compactar las motocicletas y automotores que se encuentran secuestrados a disposición de la Justicia de Faltas.

En virtud de la cantidad de vehículos y motocicletas que hoy se encuentran secuestrados se hace imperioso tomar medidas tendientes a su disposición final, contándose en el ámbito del ministerio de Seguridad de la Nación con la Resolución nº 542/2021, reglamentaria de la Ley Nacional 26.348, por la cual se crea el “Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores” (PRO.DE.CO.).

La mencionada norma resuelve la aplicabilidad de la ley provincial nº 14.547, modificada por Ley provincial nº 15.143.

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Con fecha 22 de mayo del corriente año, el Honorable Concejo Deliberante de Pehuajó promulgó la Ordenanza N° 98/24, y en adelante, el Juez de Faltas local podrá disponer el allanamiento de moradas, para secuestrar motocicletas, cuyos conductores eludan habitualmente los controles de tránsito, y detenten sus motovehículos con los caños de escapes libres o modificados, sin las cachas originales, espejos o chapas patentes.

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