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Alerta: podrían pasar a “disponibilidad” hasta 100.000 empleados de planta permanente del Estado

La medida está contenida en el proyecto de Ley Bases sancionado en Diputados. Los empleados de entes u organismos que se disuelvan tendrá un año para capacitarse y conseguir otro puesto. Si no lo consiguen, serán despedidos con indemnización.

Locales 03 de mayo de 2024 Diario Lider Diario Lider

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El Gobierno nacional quedará habilitado a pasar a disponibilidad a hasta 100.001 empleados de planta permanente del Estado nacional, si el Senado sanciona sin cambios en proyecto de Ley Bases aprobado el martes por la cámara de Diputados.

La novedad surge del artículo 52 del proyecto de Ley Bases que flexibiliza las condiciones de estabilidad de los trabajadores, contenidas en norma marco de regulación del empleo público, sancionada en 1999.

La iniciativa forma parte del plan del gobierno de Javier Milei para reducir o eliminar organismos públicos y de esa forma achicar el tamaño de un Estado que considera sobre dimensionado y causante de un déficit público que está en el origen de la inflación.

“El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas; o de reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses”, indica el artículo en cuestión.

El inconveniente para los trabajadores es que puede ser el primer paso a un despido, algo que según había prometido el Presidente Javier Milei en campaña, no ocurriría.

Es que el segundo paso tras la declaración de disponibilidad es la de recibir capacitación y formalizar una nueva relación activa de trabajo. Si no lo consigue en los 12 meses indicados, “quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública Nacional” percibiendo una indemnización “igual a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses”.

De acuerdo al articulado, quedan excluidos de esta posibilidad los empleados de los entes y organismos que no se puede disolver.

Estos son:

El Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET); la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS); la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Instituto de la Propiedad Industrial (INPI); el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA); Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM); la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN), la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE); la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA); la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU); la Comisión Nacional de Valores (CNV); el Instituto Nacional Centro Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI); la Unidad de Información Financiera (UIF); y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). (DIB) AL

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