Programa de sostenimiento económico: amplían posibilidades

Locales 25 de noviembre de 2021 Por Diario Lider
El programa del ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia, de apoyo y sostenimiento económico a Micro y Pequeñas unidades productivas, en sectores particularmente afectados por la pandemia, incorporó nuevas actividades y flexibilizó sus requisitos de ARBA.
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La dirección del Área PyME del Municipio informa que se amplió el Programa de Sostenimiento Económico para actividades afectadas por la pandemia de Covid-19, que la Provincia de Buenos Aires había puesto en marcha en la primera mitad del año, para llegar a más beneficiarios. Ahora son menos los requisitos establecidos y hay nuevas actividades incluidas.

El programa del ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia, de apoyo y sostenimiento económico a Micro y Pequeñas unidades productivas, en sectores particularmente afectados por la pandemia, incorporó nuevas actividades y flexibilizó sus requisitos de ARBA.

Un monotributista, una cooperativa, una micro o pequeña empresa radicada en la provincia de Buenos Aires y que desarrolle una de las actividades económicas incluidas en el Programa que fueron especialmente afectadas por la emergencia sanitaria como consecuencia de la pandemia de COVID 19, podrá acceder a un aporte no reembolsable por única vez, de entre 40.000 y 150.000 pesos dependiendo del tamaño y la caída de los ingresos declarados.

Las actividades, originales y las nuevas incluidas en el Programa, los requisitos establecidos, las preguntas frecuentes y la tramitación de la adhesión al beneficio están disponibles en el siguiente link https://www.gba.gob.ar/produccion/programa_sostenimiento_economico

Es importante destacar que entre los requisitos establecidos para las unidades productivas se encuentran los siguientes:
1) Deben ser micro o pequeñas.
2) Deben estar radicadas en PBA.
3) Su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del Programa.
4) Fecha de inicio de actividad anterior al 31/03/2020.
5) Aquellas cuyos ingresos hayan caído en 2020 en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 50%. O que hayan iniciado actividades en 2020.
6) Deben estar inscriptas en Buenos Aires ActiBA ( actiba.mp.gba.gob.ar )
7) No haber recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional y/o provincial.

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