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Aumento del costo de la energía y reducción de subsidios

La resolución alcanza a EDELAP, EDEA, EDEN y EDES, así como a las áreas de referencia Río de la Plata, Atlántica, Norte y Sur. Para octubre, se incorporan los Precios de Referencia de la Potencia y el Precio Estabilizado de la Energía del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) fijados por la Secretaría de Energía de la Nación (Res. SE 383/2025), el componente de transporte y la disminución mensual de bonificaciones prevista en las Resoluciones SE 24/2025 y 36/2025.

31 de octubre de 2025Diario LiderDiario Lider
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El Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense aprobó la Resolución Nº 1042 que actualiza los cuadros tarifarios eléctricos en la Provincia de Buenos Aires: La medida valida un recálculo para los consumos desde el 1º de octubre de 2025 e introduce, además, una nueva actualización a regir desde noviembre, en línea con los precios mayoristas definidos a nivel nacional y el esquema de reducción gradual de bonificaciones.

La resolución alcanza a EDELAP, EDEA, EDEN y EDES, así como a las áreas de referencia Río de la Plata, Atlántica, Norte y Sur. Para octubre, se incorporan los Precios de Referencia de la Potencia y el Precio Estabilizado de la Energía del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) fijados por la Secretaría de Energía de la Nación (Res. SE 383/2025), el componente de transporte y la disminución mensual de bonificaciones prevista en las Resoluciones SE 24/2025 y 36/2025.

Desde noviembre, además de la continuidad del pass through de costos mayoristas y la reducción de bonificaciones, se aplica una actualización transitoria del Valor Agregado de Distribución (VAD), del Sobrecosto de Generación Local (SGL), del Agregado Tarifario (AT) y del Cargo Transición Tarifaria (CTT). Estos cambios entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del acto en el Boletín Oficial provincial.

Los nuevos cuadros comprenden a usuarios residenciales (Niveles 1, 2 y 3 con sus límites de consumo y Tarifa Social), no residenciales hasta 10 kW y entre 10 y 300 kW, alumbrado público hasta 10 kW, organismos públicos de salud y educación, grandes demandas (GUDIs ≥ 300 kW), clubes de barrio y pueblo, y la categoría sin subsidio del Estado nacional. Para

Entidades de Bien Público T1EBP, se fija que pagarán el menor monto entre las referencias T1R N2 sin límite de consumo o T1G, sin aplicación del régimen de Tarifa Social.

La normativa también actualiza las tarifas de inyección para usuarios-generadores en el marco de la Generación Distribuida, tanto para las distribuidoras como para las áreas de referencia.

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