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Promulgan la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero suspenden su aplicación

Es por falta de financiamiento. Tras el rechazo al veto y la ratificación del proyecto original por el Congreso, la legislación se oficializó en el Boletín Oficial.

23 de septiembre de 2025Diario LiderDiario Lider
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El Gobierno de Javier Milei promulgó este lunes la Ley 27.793, que declara la Emergencia Nacional en Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, pero suspendió su aplicación hasta que el Poder Legislativo defina cómo se financiarán los gastos y contemple las partidas correspondientes en el Presupuesto nacional.

Tras el rechazo al veto de Milei que aplicó el Congreso, la gestión libertaria promulgó la ley pero como había adelantado el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, la ejecución se postergará hasta que Diputados y Senadores determinen las fuentes de financiamiento e incluya las partidas correspondientes en el Presupuesto 2026.

La medida se oficializó mediante la publicación del Decreto 681/2025, en el Boletín Oficial. Entre los ejes centrales figuran la creación de la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social, la declaración de interés público nacional de los servicios de los prestadores, la compensación de emergencia financiada por el Tesoro, la actualización de aranceles con la misma fórmula de movilidad que rige para jubilaciones y la introducción de exenciones en las contribuciones patronales durante tres años para empleadores que contraten personas con discapacidad en forma permanente.

El Decreto 681/2025 destacó que la insistencia del Congreso con dos tercios en ambas cámaras obligó al Ejecutivo a promulgar la ley, pese al veto total que había dispuesto previamente mediante el Decreto 534/25. No obstante, indicó que su aplicación solo será posible una vez que se aprueben las partidas en el presupuesto nacional, cuyo proyecto para 2026 ya fue enviado al Congreso el pasado 15 de septiembre.

En ese sentido, se estima que la creación de la nueva pensión implicará un gasto de $2.166.985.900.000 para el ejercicio 2025, equivalente al 0,26 % del Producto Bruto Interno (PBI), y un gasto adicional de $4.706.628.500.000 para 2026, lo que representa el 0,47 % del PBI.

A esto se suma el costo para el “Programa Incluir Salud”, que otorga cobertura médica a los titulares de pensiones no contributivas, con un gasto adicional de $574.200.000.000 para 2025 (0,07 % del PBI) y $1.239.266.000.000 para 2026 (0,12 % del PBI). La compensación económica de emergencia para prestadores se calcula en $278.323.000.000 (0,03 % del PBI). En total, la implementación de la ley demandaría un crédito presupuestario de $3.019.508.900.000, equivalente al 0,35 % del PBI.

La respuesta del Gobierno nacional
El Congreso de la Nación, según el Ejecutivo, “omitió indicar de manera fehaciente la manera en la cual han de financiarse las erogaciones que la aplicación de la Ley N° 27.793 suponen para el Estado Nacional”. El texto agrega que la facultad otorgada al jefe de Gabinete para reasignar partidas presupuestarias “no constituye una fuente concreta, específica, actual y suficiente”.

El Ejecutivo ya había vetado la ley mediante el Decreto N° 534/25, argumentando que “resultaba imprescindible que toda ampliación de prestaciones se diseñe con criterios de viabilidad financiera, responsabilidad institucional y sustentabilidad en el tiempo”. En esa oportunidad, advirtieron que la falta de previsión presupuestaria “pone en riesgo la sostenibilidad integral del régimen de atención, perjudicando a las personas a quienes se pretende proteger”.

Pese a estos reparos, la Cámara de Diputados y el Senado de la Nación insistieron con la sanción de la ley por mayoría especial, lo que obligó al Ejecutivo a promulgarla en cumplimiento del artículo 83 de la Constitución Nacional.

El texto oficial subraya que el presupuesto vigente de la Administración Nacional “no cuenta con créditos suficientes para afrontar su aplicación”. Incluso si se destinaran todas las partidas disponibles del presupuesto de los tres poderes del Estado al cumplimiento de la ley, “ello resultaría igualmente insuficiente para atender en plenitud las obligaciones allí impuestas”. El crédito presupuestario disponible, sin afectar partidas de servicios sociales, asciende a $2.302.526.621.430, cifra que no cubre el costo total estimado de la reforma.

“Para cumplir con la ejecución de la Ley N° 27.793 sería ineludible disponer un aumento total del monto del presupuesto, el que solo puede ser autorizado por el Congreso Nacional”, señala el texto. (DIB)

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