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Ambos productos estaban falsamente rotulados y uno de ellos había falsificado el nombre de una firma legal.
13 de junio de 2025
Diario Lider





La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (Anmat) prohibió este viernes la venta y producción de una marca de salsa de tomate y otra de aceite de oliva que las consideró ilegales y hasta dañinas para la salud de los consumidores.


En la disposición 3798/2025, publicada en el Boletín Oficial, el organismo dependiente del Ministerio de Salud quitó del mercado la marca sanjuanina Profecía. En su artículo 1° definió: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto: “Salsa de tomate libre de gluten, marca Profecía, elaborado y envasado por: JARAMA S.R.L., RNE N° 18000790, RNPA N° 18005316, Av. Libertador Gral. San Martin 2337 (Este) Santa Lucía, San Juan, Argentina”.
El motivo fue que el producto estaba falsamente rotulado y poseía registros sanitarios que no le correspondían, por lo que determinaron que se trataba de un producto ilegal. Frente a esto, la empresa JARAMA S.R.L. denunció que no producía dicho alimento y que se trataría de un uso indebido de su identidad.
Por otro lado, la Anmat hizo lo propio con una marca de aceite de oliva llamada Rioja Oliva. Mediante la disposición 3798/2025, el organismo decidió: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: “Aceite de oliva y extra virgen marca Rioja Oliva, Elaborado y Envasado por J. Fernández S.A, Nonogasta/ La Rioja, RNPA: 12007380 – RNE: 12004618”. Por estar mal rotulado y con RNE y RNPA inexistentes.
El Instituto Nacional de Alimentos (INAL) inició una investigación tras el reclamo de un particular sobre la autenticidad del producto rotulado como “Aceite de oliva y extra virgen marca Rioja Oliva”, que incluiría datos falsos en su etiquetado. Ante esta irregularidad, y dado que el producto también se comercializa en plataformas online, el INAL notificó un incidente federal y solicitó medidas de control en la publicidad del mismo.
El producto fue declarado ilegal por carecer de registros sanitarios válidos y estar falsamente rotulado, lo que impide conocer su origen, condiciones de elaboración e inocuidad. Por ello, se recomendó prohibir su elaboración, fraccionamiento y venta en todo el país, en resguardo de la salud pública. La Anmat, como autoridad competente, intervino en el marco de sus funciones de fiscalización y control sanitario. (DIB)


















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El legislador de la UCR señaló que ha marcado diferencias incluso dentro de su propio espacio político en la Legislatura: “Voté en contra de la ampliación del Banco Provincia. Estuve alejado de esa discusión de cargos porque considero que no es momento de generar nuevas estructuras y gastos en el Estado provincial. Mi principal objetivo era discutir los fondos para los municipios, que finalmente conseguimos”.

El registro evidencia que 2025 tuvo menos accidentes que 2024, con una reducción de casi el 21%. Mientras que el año pasado los meses más críticos fueron abril y mayo (con 38 y 39 hechos respectivamente), en 2025 el pico se dio en agosto, con 28 intervenciones.

Los valientes rescatistas trabajaron con rapidez y determinación para sacar al pequeño canino de una situación peligrosa. Tras su rescate, el perrito fue trasladado a un veterinario local para asegurarse de que estaba en buen estado de salud.

Al llegar, los efectivos policiales encontraron a una joven de 19 años con evidentes lesiones leves en su cuerpo, resultantes de una agresión por parte de su pareja, un joven de 22 años. Tras comprobar la situación y las evidencias de violencia, la Policía procedió a la aprehensión del agresor bajo el cargo de Lesiones Leves Flagrantes.






