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title: "La Justicia falló a favor del intendente de Pahuajó Pablo Zurro"
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description: "La Justicia hizo lugar al recurso de apelación presentado por la defensa del intendente de Pehuajó, Pablo Javier Zurro, rechazando y revocando la sentencia que tenía en su contra por supuestas “lesiones al honor” del abogado de la ciudad de Bolívar, Jorge Moroni."
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date_published: "2024-02-25T10:23:00-03:00"
date_modified: "2024-02-25T10:25:10-03:00"
author_name: "Diario Lider"
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category_name: "Política"
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# La Justicia falló a favor del intendente de Pahuajó Pablo Zurro

Se trata del fallo resultado de una denuncia por supuestas "lesiones al honor" de un abogado de Bolívar. El intendente había sido acusado de esto, ya que respondió públicamente a una serie de declaraciones del abogado con contenido "altamente crítico" en una radio local. Los detalles:

La Justicia hizo lugar al recurso de apelación presentado por la defensa del intendente de Pehuajó, Pablo Javier Zurro, rechazando y revocando la sentencia que tenía en su contra por supuestas “lesiones al honor” del abogado de la ciudad de Bolívar, Jorge Moroni.

El Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de la ciudad de Azul hizo hincapié en el derecho del Intendente de expresarse y defenderse libremente, ya que de acuerdo a este reciente fallo emitido “el abogado Moroni sí puede ser calificado como un personaje o figura pública.

“El accionante otorgó entrevistas en una radio local (en alusión a Radio Mágica), informando no sólo el avance de la causa judicial en la que actuaba como patrocinante, sino también opinando públicamente sobre el proceder extrajudicial y judicial adoptado por los Bomberos Voluntarios y la Municipalidad”, indicaron los Jueces de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Departamental de la ciudad de Azul.

LA JUSTICIA DETERMINÓ QUE ERA CONTENIDO POLÍTICO

Las manifestaciones del accionante (en referencia al Dr. Moroni) si bien revistieron siempre adecuada prudencia en cuanto a su forma, fueron portadoras de un contenido altamente crítico a la gestión municipal del demandado, en relación con la causa judicial involucrada”.

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